Se convocan las ayudas para emprendedores 2015

El pasado 18 de febrero se publicó la Orden reguladora de las ayudas para emprendedores en 2015, convocadas desde la Conselleria de Economía, Industia, Turismo y Empleo.

Los beneficiarios son personas que estén en situación de desempleo y creen su actividad empresarial de manera independiente entre el 19 de febrero y el 30 de mayo de 2015, debiendo permanecer como desempleados inscritos en el Servef hasta el inicio de actividad.

La cuantía de las mismas varía dependiendo del tipo de colectivo al que se pertenezca:

· 2.500€ desempleados en general.

· 3.000€ desempleados <30 años o >45 años.

· 4.000€ desempleados con discapacidad al menos del 33%.

· +500€ si es mujer en los apartados anteriores.

· 4.500€ desempleadas víctimas de violencia de género.

· + 500 € para actividades emergentes (Ver Anexo I de la Orden)

Los requisitos incluyen, además, no haber estado encuadrado dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los 6 meses anteriores al alta, debiéndose efectuar ésta de manera previa a la solicitud. Además no puede haber sido beneficiario de ayudas por el mismo concepto en los 3 años anteriores, y en caso de ser beneficiarios de esta convocatoria, se debe mantener la actividad como mínimo 1 año.

El segundo apartado incluye el programa de ayudas por primera contratación, destinado a autónomos que con independencia de la fecha de alta, contraten a su primer trabajador. Siempre y cuando el contrato se realice a partir del 19 de febrero de 2015, y el contratado o contratada tenga entre 30 y 45 años o estén inscritos inscritos como tal en el Servef desde al menos 365 días antes de la contratación.

Hay que tener en cuenta que el no debe tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad con el beneficiario de la ayuda, hasta el segundo grado inclusive. Además, cabe remarcar que debe tratarse del primer contrato que suscriba el beneficiario desde su alta como trabajador autónomo.

El importe de las ayudas por contratación ascenderá a:

• Contrato indefinido a jornada completa:  5.400 euros (6.000 euros si la persona contratada es una mujer).

• Contrato temporal a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.100 € (3.600 € si la persona contratada es una mujer)

• Contrato temporal a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 € (2.000 € si la persona contratada es una mujer).

Conviene remarcar que los contratos a tiempo parcial subvencionables deberán ser para contratos de al menos 20 horas semanales, reduciéndose la cuantía de la ayuda de manera proporcional a la reducción del horario.

Desde la Concejalía de Mercado y Comercio recuerda a todas aquellas personas con motivación emprendedora que tienen a su disposición el servicio de asesoramiento de la Agencia de Desarrollo Local, de carácter público, al que pueden consultar o concertar cita previa llamando al 965 60 37 25 o en el mail afic@novelda.net

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