El TSJ rechaza el recurso de la mercantil Leteo en su reclamación al Ayuntamiento de casi 1,2 millones de euros por el Pla

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado el recurso interpuesto por Leteo Inversiones contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante que declaró la inadmisibilidad del procedimiento presentado por la promotora, que reclamaba al Ayuntamiento de Novelda casi 1,2 millones de euros por los gastos efectuados en la tramitación y redacción de proyectos del Plan de Actuación Integrada del sector “Salinetas”.

El gobierno municipal ha dado cuenta en Junta de Gobierno de la sentencia del TSJ por la que el Alto Tribunal valenciano ratifica la de la sala de lo contencioso administrativo de Alicante que, en marzo de 2020, declaraba inadmisible el recurso presentado en 2017 por la mercantil Leteo Inversiones contra el decreto del ayuntamiento noveldense que desestimaba la solicitud de responsabilidad patrimonial al consistorio, por valor  1.170.542,49 euros, en concepto de gastos de tramitación y ejecución anticipada del  PAI del  polígono de Pla-Salinetas.

El responsable de Urbanismo, Iván Ñíguez, ha mostrado su “satisfacción” por una sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo pero que, en opinión de Ñíguez, demuestra que la “resolución del asunto va por buen camino”.

Los hechos se remontan a 2005 cuando el Ayuntamiento de Novelda adjudicó a la promotora Leteo Inversiones la condición de agente urbanizador del polígono industrial de Pla-Salinetas. Comenzó entonces una batalla judicial iniciada por la Asociación de Vecinos de Pla contra este proyecto y, a pesar de que en 2008 el pleno  del Ayuntamiento de Novelda aprobó por unanimidad la homologación del plan parcial de Salinetas, que clasificó definitivamente como suelo industrial 1,5 millones de metros cuadrados de terreno en la zona, en 2013 el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana anulaba la condición de agente urbanizador concedida años antes la mercantil Leteo por considerarla contraria a derecho argumentando defectos en materia de contratación, publicidad, plazos y acreditación de solvencia por parte de la adjudicataria.

Comenzó entonces una segunda fase en este procedimiento,  con los recursos presentados por la promotora solicitando al Ayuntamiento una  indemnización de casi 1,2 millones de euros, reclamación inicialmente desestimada por el Juzgado de los Contencioso Administrativo de Alicante en primera instancia y ahora por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

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