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Orden del Día
- Secretaría General y Organización.– Referencia: 2023/6L/SESPLE: Aprobación del borrador del acta de la sesión de 4 de abril de 2023.
- Secretaría General y Organización.- Referencia: 2023/6L/SESPLE: Resoluciones de la Alcaldía en trámite de dar cuenta a los miembros de la Corporación.
- Intervención y Planificación Económica.- Referencia: 2023/1610M: Contabilidad del grupo político municipal P.P., en trámite de dar cuenta al Pleno de la Corporación.
- Intervención y Planificación Económica.- Referencia: 2023/3224D: Modificación de créditos N.º 32/2023 por créditos extraordinarios y suplementos de créditos 03-2023.- Aprobación.
- Intervención y Planificación Económica.- Referencia: 2023/3371H: Modificación de créditos N.º 33/2023 por suplementos de créditos 04-2023.- Aprobación.
- Intervención y Planificación Económica.- Referencia: 2023/3371H: Reconocimiento Extrajudicial de Créditos n.º 1/2023.- Aprobación.
- Secretaría General y Organización.- Referencia: 2023/3284T: Protocolo de colaboración funcional entre la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunidad Valenciana y el Ayuntamiento de Novelda para la implantación de un canal de denuncias interno y externo antifraude.- Aprobación.
- Desarrollo Local.- Referencia: 2022/9620Q: Reglamento de uso y funcionamiento de “L’Espai Novelda”.- Aprobación inicial.
- Seguridad Ciudadana y Tráfico.- Referencia: 2023/2537N: Propuesta de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Rojo.- Aprobación.
- Calidad Ambiental.- Referencia: 2022/2658T: Ordenanza de uso público del paraje natural municipal “Clots de la Sal i Serra de la Mola” del Termino Municipal de Novelda.- Aprobación inicial
- Cultura, Deportes y Juventud.– Referencia: 2023/191L: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo: Convocatoria de subvención para el Programa de mejora de la competitividad y de dinamización del Patrimonio Histórico con uso turístico, ejercicio 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.- Inclusión de este Ayuntamiento para la reconstrucción, restauración y consolidación del Castillo de la Mola de Novelda.
- Contratación y patrimonio.- Referencia: 2023/3214E: Rectificación anual del Inventario de Bienes, Derechos y Acciones del Ayuntamiento.- Aprobación Inicial.
- Secretaría General y Organización.- Referencia: 2023/3738V: Ruegos y Preguntas.
Mociones
MOCION QUE PRESENTA AL PLENO ORDINARIO DE MAYO EL GRUPO POLÍTICO VOX NOVELDA, EN DEFENSA DE LA VIVIENDA Y CONTRA LA OCUPACIÓN ILEGAL DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL.
Dª Margarita Serrano Mira, como Portavoz del Grupo Político Municipal VOX en el Ayuntamiento de Novelda (Alicante), conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al próximo Pleno Municipal del día 02 de mayo de 2023.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La vivienda constituye un bien social primario que permite la realización de la persona como individuo y como miembro de una familia y de la sociedad. El domicilio es uno de los medios esenciales para un nivel de vida decente y, mediante la normativa adecuada, su protección y garantía se encomienda al Estado y a las Administraciones, configurándose como principio rector o directriz constitucional que informa su actuación, como señala la jurisprudencia constitucional de STC 152/1988, de 20 de julio, y las más recientes 7/2010, de 27 de abrily 93/2015, de 14 de mayo.
Efectivamente, el art. 47 de nuestro texto constitucional vigente, dispone que «todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación».
Actualmente, el acceso a una vivienda en propiedad se ha convertido en un lujo que sólo unos pocos pueden permitirse y que se ha convertido en un camino lleno de obstáculos. Las subidas de impuestos, la excesiva regulación, la falta de vivienda social, la especulación y la complicidad con los movimientos de ocupación ilegal de viviendas han desanimado las esperanzas de obtener una vivienda en propiedad para los jóvenes y las familias, así como una creciente sensación de inseguridad, física y jurídica, y vulneración de la intimidad en el propio hogar.
El enaltecimiento de movimientos contrarios a la defensa del derecho a la propiedad, promovidos desde las instituciones públicas, se ha convertido en un fenómeno recurrente en los últimos años en España. El derecho a la propiedad privada y a la herencia reconocido en el artículo 33 de nuestra Constitución se ha visto afectado por el fenómeno de la ocupación ilegal a través de la usurpación de viviendas y otros inmuebles de titularidad pública y privada, afectando seriamente a la convivencia de las familias y vecinos, provocando problemas de seguridad e insalubridad y la consiguiente degradación de nuestros barrios.
La ocupación ilegal de viviendas es un drama que se ha asumido en España en los últimos años a raíz de la escasa protección jurídica que se ofrece a los propietarios y a la defensa que se hace de los delincuentes. La nula aplicación de las leyes españolas no está teniendo en cuenta el drama que supone ver bloques enteros con viviendas ocupadas de manera ilegal, y las consecuencias de este fenómeno no se han circunscrito a los propietarios de los inmuebles.
Decenas de barrios en toda España han visto cómo las calles y plazas en las que los mayores podían pasear y jugar con tranquilidad, se han convertido en sumideros de delincuencia, adicciones e inseguridad. El problema de la okupación, ha llevado a estas familias el problema de tener que lidiar con el miedo sobre ellos y sus hijos, donde antes no había preocupaciones sobre la seguridad.
Por otra parte, numerosos edificios municipales sufren también en muchas ocasiones esta lacra de ser ocupados de manera ilegal ya, que no cuentan con las garantías de protección necesaria. Las administraciones, también locales, tienen en el ámbito de sus competencias el deber de proteger los edificios de titularidad pública, especialmente los destinados a viviendas de protección social, para que puedan ser puestos a disposición de las familias que legalmente concurren a su ocupación o, en su caso, para que puedan destinarse a ofrecer los servicios correspondientes a los vecinos.
La obligación de la actuación municipal debe orientarse a más ámbitos dentro de sus posibilidades. Por un lado, es necesario dotar de más recursos a la Policía Municipal, así como mejores protocolos de comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado e intervención inmediata tan pronto se tenga conocimiento de una situación de ocupación ilegal. Por otra parte, el padrón municipal debe dejar de ser una vía para la regularización y cronificación de facto de la situación de usurpación, y ser precisamente, una herramienta de localización de okupas y de limitación de su acceso a ningún tipo de ayuda pública vinculada al empadronamiento.
A su vez, la protección de la propiedad ha de ser compatible con el acceso a una vivienda digna y asequible para los españo les. En caso de incompatibilidad, las diversas administraciones del Estado han de promover las condiciones necesarias y tomar las iniciativas más efectivas para posibilitar la adquisición de viviendas asequib les, entre ellas de promoción pública, especialmente para las personas más necesitadas.
Así, las instituciones públicas deben ser ejemplares en el cumplimiento de las leyes y, a fin de asegurar la defensa de la propiedad privada y garantizar una vivienda digna para los ciudadanos, especialmente a los más necesitados, los ayuntamientos deben responsablemente poner en funcionamiento todos los mecanismos de los que dispongan a su alcance.
Por todo lo expuesto anteriormente, el GRUPO MUNICIPAL VOX propone para su debate y posterior aprobación, si procede, el siguiente acuerdo:
PROPUESTA DE ACUERDO
- Instar al Gobierno Municipal a:
PRIMERO.- Proceder, en colaboración con la policía local, a la elaboración de un listado de los inmuebles, bien de dominio público o patrimoniales, que sean de titularidad municipal que se encuentren ocupados de manera ilegal.
SEGUNDO.- Aprobar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2. j) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ejercicio de cuantas acciones judiciales civiles sean necesarias, en relación a la ocupación ilegal de viviendas , para aquellos casos de ocupación de inmuebles deshabitados permanentemente, sin mobiliario y sin servicios de luz, agua , o gas. Por su parte proceder, para la recuperación de los inmuebles ilegalmente ocupados que no estén deshabitados, a formular la oportuna denuncia ante el juzgado de instrucción competente, por delito de allanamiento de morada del art. 202 del Código Penal, solicitando del Juzgado la adopción de la medida cautelar del lanzamiento inmediato de los ocupantes antes de 72 horas.
TERCERO.- Impulsar cuantas medidas sean necesarias para devolver las cantidades abonadas en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles al propietario, víctima de ocupación ilegal, durante el periodo en que haya sido privado ilegalmente de la posesión de su bien inmueble.
CUARTO.- En el caso que estas viviendas se encuentren ocupadas ilegalmente por personas que resulten ser inmigrantes ilegales, poner en conocimiento de la Guardia Civil dicha circunstancia para proceder al cumplimiento de lo previsto en el artículo 57 y concordantes de la Ley Orgánica 4/2000, apelada de Extranjería.
QUINTO.– Que incremente de forma sistemática y planificada la actuación policial en las zonas de viviendas ocupadas en las que dicha ocupación haya generado un incremento de la inseguridad ciudadana.
SEXTO.- No se suscribirá por parte del Ayuntamiento contrato alguno con todas aquellas personas que hayan ocupado ilegítimamente una vivienda que no sea de su titularidad y que, como consecuencia de la misma, hayan sido condenados por cualquier delito derivado de la usurpación de la vivienda en la que residan, de cualquier otra que sea de titularidad pública, o que se encuentren incursos en causa penal por dichos delitos, en tanto no se dicte sentencia firme absolutoria.
SÉPTIMO.– Acordar que, en el registro municipal de demandantes de viviendas, así como en las bases que se aprueben para la adjudicación de vivienda pública, tanto en régimen de alquiler , como en régimen de propiedad, figurará como motivo de exclusión, el hecho de que el interesado se encuentre ocupando una vivienda o inmueble sin título suficiente para ello, y sin el consentimiento expreso del titular.
Preguntas escritas
- Sr. Alcalde, según establece la ley, cualquier persona puede acudir de forma presencial al registro del Ayuntamiento para presentar un escrito, instancia o solicitud, en los días laborables y dentro del horario previamente establecido para ello y de forma telemática puede realizarse 24 horas al día, todos los días de la semana. Es un derecho de la ciudadanía, por lo que el Ayuntamiento tiene que garantizar que se pueda hacer sin más restricciones. Sin embargo, en la web no parece que las personas puedan ser atendidas presencialmente sin cita, pareciendo necesario coger cita previa para poder presentar cualquier documento o solicitud por el registro del Ayuntamiento de Novelda. ¿Piensan subsanarlo para que así la gente conozca que tienen ambas vías para presentar documentación o realizar un trámite?
- Sr. Alcalde, en quina situació es troba la contractació del personal tècnic en matèria de joventut?
- Sr. Alcalde, ¿se ha negociado con la empresa responsable de la retransmisión por televisión de los Plenos, la implantación de subtítulos para hacerlos accesibles a las personas sordas, tal y como se pactó en el acuerdo que firmaron Guanyar Novelda y el equipo de gobierno para los presupuestos de 2023?
- Sr. Alcalde, s’ha implantat la recollida d’orgànica a grans productors com el mercat, residències, bars i restaurants la recollida dels quals és molt més fàcil i ja estem obligats des de fa temps?
- Sr. Alcalde, con la publicación de la nueva Ley de Protección y Bienestar Animal aprobada por la Generalitat el 14 de marzo de este año, ¿Qué se está haciendo desde la Concejalía para adaptarse a ella?
1.- Amb data 07/06/22 es va aprovar en plenari l’acceptació del tram d’entrada de la carretera nacional des de l’Estació fins a l’eixida de Novelda cap a Asp. Amb presència del mitjans de comunicació i del senyor alcalde i del regidor d’urbanisme van anunciar que es contempla la creació «d’un carril ciclopeatonal, la construcció de tres rodones i el tancament del pas a nivell amb la creació de passarel·les elevades». Està redactat ja el projecte? Quina previsió tenen per a la finalització de les obres? Quan ha sigut l’última comunicació de l’ajuntament amb ADIF per al seguiment del tancament del pas a nivell i quin resultat va tindre?
2.- La Conselleria d’Habitatge va convocar subvencions per a rehabilitar habitatges o edificis d’habitatges d’entitats locals per a destinar-los a lloguer amb finalitats socials, inclosa l’adquisició «Pla Recuperem Llars». Quants edificis té l’ajuntament que es poden destinar o estan destinats a lloguer? Estan tots en condicions? S’ha demanat la subvenció?
3.- Tenim informació que la SAREB té 22 vivendes a Novelda que es podran a posar a disposició de la ciutadania. Ens poden indicar en quines condicions es troben estes vivendes?
4.- S’ha presentat una pàgina web i un model 3D del projecte de les obres de millora del Mercat. Tot el que es veu al model presentat està inclòs al projecte d’obres i s’executarà en esta reforma?
5.- Hem vist que la pedra d’almàssera trobada en les obres davant del forn de l’Espiga es troba en una jardinera del Parc del Bancal Fondo. És esta la seua ubicació definitiva? Es farà alguna actuació per posar en valor la troballa?
6.- S’està controlant l’ús del casc per part de totes les persones usuàries al Ride Park?
7.- Quan es reunirà la comissió de seguiment del traspàs del Conservatori de Dansa?
- Sr. alcalde, ¿nos puede informar cómo se cubre una baja de un conserje con una duración superior a diez días?
- Sra. Sánchez, concejal del Mayor, ¿nos puede informar porqué motivo el pasado mes de diciembre de 2022 el Centro Francisco Alted Palomares, estuvo sin conserje más de 20 días?, ¿Quién era el responsable de abrir y cerrar el mencionado Centro durante esos días de ausencia del conserje?
- Sra. Sánchez, concejal del Mayor, ¿nos puede informar porqué motivo el pasado viernes día 21 de abril el Centro Francisco Alted Palomares no abrió sus puertas, dejando sin servicio a varios usuarios del mismo?