Respecto a los debates, la reforma exige a los medios de comunicación de titularidad pública que organicen al menos uno durante la campaña electoral. Esta obligación, según ha apuntado Grande-Marlaska, ya figura en las legislaciones electorales de algunas comunidades, como es el caso de Castilla y León, la Región de Murcia y el País Vasco, y está prevista también su regulación en el Estatuto de Autonomía de Andalucía.
El titular de Interior ha remarcado que la imposición no se aplica a los medios de titularidad privada, a los que tampoco se les niega dicha posibilidad. «Como hasta ahora, pueden programar debates respetando los mismos principios que rigen a los medios públicos: el pluralismo político, la neutralidad informativa, la igualdad y la proporcionalidad», ha explicado.
La norma -ha añadido- obliga a los candidatos de las formaciones políticas que obtuvieron representación electoral en las anteriores elecciones equivalentes a asistir a los debates organizados por los medios públicos, salvo que se lo impida una causa justificada, cuya valoración corresponderá a la junta electoral competente. Los medios de comunicación, por su parte, deberán comunicar a las formaciones políticas los debates que vayan a emitir, con una antelación mínima de 5 días.
Otra novedad importante del proyecto es que incluye la participación de los conocidos como «grupos políticos significativos», incorporando así la doctrina de la Junta Electoral Central. Esta denominación se refiere a las formaciones políticas que, pese a no haberse presentado en anteriores elecciones equivalentes o no haber obtenido en ellas representación, sí han logrado al menos un 5% de los votos válidos emitidos en procesos electorales posteriores y en el ámbito territorial del medio de difusión. «La medida refuerza el pluralismo y pretende que los medios de comunicación ofrezcan a los ciudadanos -a los votantes, en definitiva- una información que refleje con la mayor fidelidad posible el escenario electoral en cada uno de los momentos», ha sostenido Fernando Grande-Marlaska.
Acceso a los microdatos de las encuestas electorales
Otro aspecto fundamental de la reforma es la exigencia de que los sondeos y las encuestas publicados durante las campañas electorales permiten acceder a sus ficheros de microdatos, que son los datos individuales de una estadística.
Como ha detallado el ministro del Interior, en la actualidad cada sondeo debe ir acompañado de una fecha que especifique la entidad que lo ha realizado, las características técnicas, el texto íntegro de las cuestiones planteadas y el número de personas que no ha contestado a cada una de ellas. Tras la aprobación de la reforma, además, deberá poderse acceder en abierto a los ficheros de microdatos, preservando la confidencialidad de esa información.
«La consulta de los microdatos, convenientemente anonimizados, permitirá a la ciudadanía y a las entidades públicas o privadas comprobar los resultados del sondeo y extraer sus propias estimaciones», ha expuesto Grande-Marlaska.
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