El Gobierno aprueba un paquete de medidas urgentes de apoyo al sector agrario frente a la sequía

El real decreto-ley aprobado en el Consejo de Ministros contempla
apoyos en los ámbitos fiscal, laboral, financiero e hidráulico que
implican a seis ministerios, estimados en 450 millones de euros


Los agricultores y ganaderos podrán tener una reducción del 20 %
en los módulos del IRPF y acceder a líneas de créditos ventajosas,
entre otras medidas


En materia laboral, se concede un aplazamiento del pago en las
cuotas a la Seguridad Social y se equipara la contratación como fijo
discontinuo y la contratación eventual, a los efectos de acceso y
determinación del derecho al subsidio


También se ha fijado para el año 2022 un precio para el agua
desalada, clave para paliar la situación en las explotaciones
agrícolas y ganaderas del sureste español, así como una reducción
de los cánones de regadío en las cuencas de Guadalquivir y
Guadi

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto-
ley que contiene un conjunto de medidas urgentes de apoyo al sector agrario para
hacer frente a la situación prolongada de sequía, que compromete las
producciones. Las medidas aprobadas, que competen a seis ministerios distintos,
se inscriben en los ámbitos fiscal, laboral, financiero e hidrológico y tienen como
objetivo “contribuir al mantenimiento de la rentabilidad y la sostenibilidad de las
explotaciones agrícolas y ganaderas, en un contexto de dificultades acumuladas
por la subida de los precios de insumos y materias primas”, según ha destacado
el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas.

El real decreto-ley se ha aprobado a propuesta de los ministerios de Agricultura,
Pesca y Alimentación; Hacienda y Función Pública; Asuntos Económicos y
Transformación Digital; Trabajo y Economía Social; Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones y Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Luis Planas ha
señalado que se trata de un “potente” paquete de medidas, cuya estimación ha
cifrado en 450 millones de euros, y que constituyen “un elemento más que el
Gobierno pone a disposición del sector agrícola y ganadero para fortalecerlo
frente a las dificultades para que siga suministrando alimentos”.


Desde el inicio del año hidrológico, en octubre de 2021, el valor medio nacional de
las precipitaciones ha sido un 41,1 % inferior al valor normal, y la reserva
hidráulica nacional, a 15 de marzo, se situaba en un 40,7 % de la capacidad de
embalse total, 12 puntos por debajo de la media de los últimos cinco años.
Además a lo largo del año 2021 las explotaciones agrarias han tenido que
afrontar un incremento de los constes de producción, debido al encarecimiento de
los precios de las materias primas y de la energía.


MEDIDAS LABORALES


En materia laboral y de Seguridad Social, el real decreto-ley recoge medidas de
liquidez, como son los aplazamientos especiales, para empresas incluidas en el
Sistema Especial Agrario y para autónomos pertenecientes al Sistema Especial
para Trabajadores por cuenta propia (SETA), de las cuotas a la Seguridad Social
a un interés muy reducido, del 0,5 %, siete veces inferior al habitual. En el caso
de las empresas, los periodos de devengo serán entre los meses de marzo a
mayo de 2022 y, para los autónomos, de abril a junio.


Asimismo, se autoriza una reducción del número mínimo de jornadas reales
cotizadas, de 35 a 20, para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria
a favor de trabajadores eventuales agrarios residentes en el territorio de las
comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Estos dos son los
territorios más afectados por la situación de sequía, ya que las reservas
almacenadas en las cuencas hidrográficas del Guadalquivir y del Guadiana
apenas alcanzan el 30 %.


Se equipara la contratación como fijo discontinuo y la contratación eventual, a los
efectos de acceso y determinación del derecho al subsidio para trabajadores
eventuales agrarios y a la renta agraria.

Los trabajadores con contrato de fijo discontinuo incluidos en el Sistema Especial
Agrario de la Seguridad Social que desarrollen esta actividad en las comunidades
autónomas de Andalucía y Extremadura, cuando dejen de prestar servicios por
haber finalizado o haberse interrumpido la actividad intermitente o de temporada
de la empresa, o cuando se suspenda la actividad por causas económicas,
tecnológicas o de fuerza mayor, o bien cuando, tras esas situaciones cesen
involuntariamente en un trabajo eventual agrario, podrán tener la consideración
tanto de trabajadores fijos discontinuos como de trabajadores eventuales del
Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social a efectos de la protección por
desempleo siempre que reúnan los requisitos exigidos en cada caso.


MEDIDAS FISCALES Y ECONÓMICAS


En relación con medidas de carácter fiscal, se aprueba una reducción del 20 %
del rendimiento neto para las actividades agrícolas y ganaderas que tributan en el
Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el método de
Estimación Objetiva (módulos). Se estima que esta medida beneficiará a 918.000
agricultores y ganaderos, y reducirá la base imponible en más de 500 millones de
euros.


También se aprueba la exención de las cuotas del Impuesto de Bienes Inmuebles
(IBI) de naturaleza rústica para determinados productores agrarios que reúnan
ciertos requisitos.


En lo relativo a las medidas destinadas a la sostenibilidad de las explotaciones, el
real decreto-ley recoge dos actuaciones:


 En relación con la financiación de explotaciones agrarias, se pondrá a
disposición de los operadores agrarios una línea de ayuda, en régimen de
concesión directa, para la bonificación del principal de operaciones de
financiación formalizadas a través de las entidades financieras, para lo que
se habilita un presupuesto de 10 millones de euros, que podrá movilizar
más de 100 millones de euros en el sector.


 En relación con la financiación de avales en explotaciones agrarias, el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) podrá poner a disposición de los operadores económicos, dentro de su ámbito de
competencia, líneas de financiación de 2,7 millones de euros, en las que
subvencionará, en régimen de concesión directa, el coste de los avales de
la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).


En cuanto al seguro agrario, el Gobierno incrementará la dotación aprobada para
el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados, en la cantidad
que sea adecuada para dar respuesta a la creciente demanda en la contratación.
Además, el Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación, solicitará los anticipos de las ayudas y flexibilización de las
condiciones de aplicación de la Política Agraria Común (PAC).


AGUA DESALADA


Para poder disponer de recursos de agua desalada en este momento crítico y no
perder una parte importante de la producción del regadío del sureste español, el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)
establece unas tarifas asumibles por los usuarios del regadío para el agua
desalada en las Instalaciones Desaladoras de Agua de Mar (IDAM) y en las
conducciones que deben salvar mediante elevaciones una gran diferencia de
cota entre origen del recurso y demanda de destino.


Se actúa también sobre el coste del agua procedente de desaladoras de
titularidad de la Administración General del Estado de hasta 0,450 €/m3, en toma
de riego y con el coste del agua en la conducción Júcar-Vinalopó, fijándose unos
precios por m3 de 0,295 € en toma de postrasvase. La fijación de estos precios
máximos permitirá a los usuarios asumir los costes del recurso.


Además, se adoptan medidas urgentes para reducir los efectos producidos por la
sequía en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir y del Guadiana, que serán de
aplicación a determinadas unidades territoriales de escasez (UTES). Entre estas
medidas destaca la reducción de entre el 50 % y el 100 % de las cuotas del
canon de regulación y las tarifas de utilización del agua o la puesta en marcha de
obras de emergencia en la demarcación del Guadalquivir con una inversión
estimada de 9,65 millones de euros.

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