Este martes, pleno ordinario a las 20:00h. Consulta las preguntas y mociones de la oposición

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Orden del Día

  1. Secretaría General y Organización.- Referencia: 2022/14K/SESPLE: Aprobación de los borradores de las actas de las sesiones de 8 y 16 de noviembre de 2022
  2. Secretaría General y Organización.- Referencia: 2022/14K/SESPLE: Resoluciones de la Alcaldía en trámite de dar cuenta a los miembros de la Corporación. En particular: Resolución 2022/2226; Sustitución de Alcaldía. Resolución 2022/2393; Delegación Presidencia de los Consejos Sectoriales.
  3. Secretaría General y Organización.- Referencia: 2022/8858J: Dar cuenta de las Preguntas formuladas por los Grupos Municipales en el Pleno 8 de noviembre de 2022, a contestar por escrito según Art. 118.4 de la Ley de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.
  4. Gestión de Ingresos.- Referencia: 2022/9538A: Ordenanza fiscal de la Tasa por la prestación del servicio de enseñanza en el Conservatorio Municipal de Danza.- Aprobación inicial de la derogación.
  5. Calidad Ambiental.- Referencia: 2020/1381K: Plan local de prevención de incendios forestales (PLPIF) de Novelda.- Aprobación.
  6. Contratación y patrimonio.- Referencia: 2018/6516Z: Procedimiento Abierto sujeto a regulación normalizada, para la prestación del “Servicio de Limpieza de los Centros Educativos y de los Edificios y Dependencias Municipales de Novelda.- Modificación no sustancial del contrato.
  7. Calidad Ambiental.- Referencia: 2022/8116F: Sendero Local denominado de “Refugios Canteros”, en el Paraje Natural Municipal dels Clots de la Sal y el Monte de la Mola de Novelda.- Aprobación del proyecto.
  8. Secretaría General y Organización.- Referencia: 2022/9949T: Propuesta de Resolución del grupo municipal Compromís per Novelda relativa a la supresión de juzgados de violencia de género.
  9. Secretaría General y Organización.- Referencia: 2022/9954M: Ruegos y Preguntas.

Mociones

El Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Novelda, conforme a lo previsto en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales eleva al Pleno la siguiente Propuesta de Acuerdo/Moción, conforme a lo siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 6 de septiembre pasado entró en vigor la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual. En esta ley se introduce una sustancial modificación en la calificación de los delitos contra la libertad sexual, que pasan a ser todos considerados agresión sexual, cuando con anterioridad se dividían, en función de su gravedad, en abusos sexuales o agresiones sexuales.

Las penas en las que se subsumen estos hechos delictivos especialmente lesivos para las mujeres y menores se han visto reducidas para dar cabida a delitos de menor envergadura. Esta circunstancia implica que muchos de los condenados por esto tipo de hechos puedan acogerse a una reducción de sus penas, a las que se aplica la prevalencia de la norma más favorable para el reo del artículo 2.2 del Código Penal.

Esta situación es especialmente grave si tenemos en cuenta que el Consejo General del Poder Judicial, en su informe al anteproyecto, avisó al ministerio de lo que ocurriría: “la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme la regulación vigente”.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial emitió un comunicado el 16 de noviembre de 2022 exponiendo que “este Consejo General del Poder Judicial, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 599.1.12ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, emitió el 25 de febrero de 2021 el correspondiente informe sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que fue aprobado por unanimidad”. Y reiteró lo indicado antes de su aprobación: “el informe, que fue remitido al prelegislador, constataba que el cuadro penológico contemplado en el anteproyecto para los delitos de agresiones sexuales tipificados en los capítulos I y II del título VIII del Código Penal suponía una reducción del límite máximo de algunas penas y concluía que ‘la reducción de los límites máximos de las penas comportará la revisión de aquellas condenas en las que se hayan impuesto las penas máximas conforme a la legislación vigente’. A pesar de que en el informe preceptivo, se advirtió al Gobierno que se rebajaba la pena al delito de violación, el Gobierno ignoró la advertencia-

Desde otros cuatro organismos también alertaron de las consecuencias de la entrada en vigor de este Ley. El primero, fue el Consejo Fiscal que expresó que «va a resultar extremadamente difícil la imposición de penas tan elevadas en su grado máximo».

El segundo fue el Consejo de Estado que solicitó mejoras en el texto: «La redacción es susceptible de mejoras que hagan el precepto más comprensible y riguroso».

El tercero fue el Consejo Económico y Social (CES), donde alertaron que «se observa cierta incongruencia entre los objetivos declarados de la ley y el contenido de algunos artículos».

La cuarta advertencia llegó desde la Agencia de Protección de Datos: «No existen garantías específicas que requiere el Reglamento General”. Sin embargo, todas ellas, no fueron tenidas en cuenta por el Gobierno.

A ello se suma que el texto de la ley fue aprobado en el Consejo de Gobierno, donde se encontraban varios jueces como Margarita Robles o Fernando Grande Marlaska.

La entrada en vigor de la citada ley ha supuesto la reducción de decenas sentencias. Un centenar más está en la misma situación, tan solo en la Audiencia Provincial de Madrid. Podemos suponer que en las otras Audiencias se esté solicitando la revisión de un número similar de condenas.

A fecha 1 de diciembre, habían sido, al menos, 45 condenados los que se habían visto beneficiados entre revisiones de condenas a la baja y sentencias posteriores a la norma. Y 11 personas habían sido excarceladas.

Al Tribunal Supremo le ha llegado el primer caso para que revise una sentencia tras la entrada en vigor de la Ley 10/2022. Se trata del conocido caso de los exjugadores del Arandina. En aplicación de la nueva ley, la pena ha sido inferior a la que se hubiera producido con la norma anterior. El Tribunal Supremo considera que se podría rebajar la pena a los condenados por delitos sexuales con la nueva ley, pero debe analizar caso a caso.

Las revisiones de sentencias a condenados por delitos sexuales, la rebaja en las penas de prisión e incluso órdenes de excarcelación está provocando una importante alarma social entre la población. Incluso la ministra portavoz del Gobierno de España, Isabel Rodríguez, en una entrevista admitió “la alarma social y la preocupación” existente tras la entrada en vigor de la ley de garantía integral de la libertad sexual.

El ministerio de Igualdad prefirió seguir elogiando la ley, que consideran magnífica, en palabras de la Delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell. Mientras que la ministra María Jesús Montero anunció el 15 de noviembre, contradiciendo a las responsables del ministerio autor de la ley, que están dispuestos a revisar el texto para impedir evitar que los condenados de carácter sexual vean reducidas sus penas.

Un abogado, en declaraciones recogidas por un medio de comunicación, afirmó que “el mejor defensor de mi cliente se llama Irene Montero y es ministra de Igualdad. Ha vaciado de contenido el delito de abuso sexual sin contemplar todas las derivadas que podía ocasionar. En este caso, mi defendido se ha beneficiado claramente al aplicarse la nueva normativa».

El Partido Popular solicitó en el Pleno del Congreso de los Diputados que el Gobierno de la Nación procediese a la revisión y rectificación de la Ley de Garantías de la Libertad Sexual para evitar la reducción de penas que se están aplicando a violadores. Esta iniciativa fue rechazada por PSOE, Podemos y por otros partidos como ERC, PNV y EH Bildu.

Por otra parte, solicitamos al Gobierno de España de PSOE y Podemos que deje de insultar a los jueces que solo aplican esta Ley, así como que respeten la independencia judicial y la separación de poderes.

Por ello, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Novelda, presenta la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Instar al Gobierno de España a la inmediata revisión, por la vía de urgencia, de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, y para que quienes cometan delitos sexuales puedan tener, cuanto antes, las mismas penas que estaban en vigor hasta septiembre de 2022, y que se han visto rebajadas con la actual regulación.

SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a Presidencia del Gobierno, a los ministerios de Justicia y de Igualdad, y a la Mesa del Congreso y del Senado.

Preguntas escritas

1.- S’han tingut en compte tot els criteris d’accessibilitat universal en el projecte i la remodelació del Parc Sant Llàcer?

2.- S’estan cobrint les baixes del professorat del Conservatori de Música? En quins terminis?

3.- Hem rebut queixes que el canviador de bebès del Centre Cívic i Social durant molt de temps ha estat en terra. Quina és la situació actual?

4.- Per quin motiu està precintat el “skate park” del Parc Víctimes del Terrorisme? Des de quan està així?

5.- Quants caixers automàtics hi ha ubicats en locals distints de les pròpies entitats bancàries al municipi? Estos caixers estan pagant taxa segons l’Ordenança municipal vigent?

6.- El Ministeri de Transport, Mobilitat i Agenda Urbana ha convocat ajudes per a impulsar la mobilitat ciclista destinades a municipis de menys de 50.000 habitants. Participarà l’Ajuntament en aquesta convocatòria? Amb quin projecte?

7.- El passat 16 de novembre es va celebrar el dia del llibre valencià. S’ha organitzat alguna activitat per a commemorar este dia i promocionar el llibre valencià? Quines?

8.- Les ràdios municipals de Monòver, Petrer i el Pinós han engegat un nou espai per a promoure la cultura popular valenciana facilitat per Terres del Vinalopó. És el projecte “Un país d’històries” creat per prestigiosos professors. I Novelda, pensa donar-lo a conèixer?

9.- S’ha passat informació a la Conselleria de Qualitat Democràtica dels símbols franquistes que queden al nostre poble?

10.- Fa algun temps vam presentar un prec sol·licitant que se li demanara a Conselleria de Medi Ambient que modificara el nom del Paratge Natural Municipal per tal que siga “dels Clots de la Sal i la Mola” (o bé “dels Clots de la Sal i Serra de la Mola”). En quin estat es troben els tràmits per a fer esta modificació?

11.- Mentres estiga obert al públic el “ride park” , com es vigilarà el compliment de les normes d’ús?

12.- A una pregunta nostra en plenari vostés van reconèixer que el protocol de les sancions per les façanes en mal estat s’havia de revisar i es van comprometre a elaborar un nou protocol. Quins canvis s’han produït o s’estan aplicant des d’aleshores?

13.- En el cas del Polígon Industrial del Pla, queda documentació pendent de presentar a Conselleria sobre el pla d’inundacions? O en el cas d’estar presentada, hi ha documentació pendent d’aprovació per part de la Conselleria de Territori?

14.- Com s’explica que a causa de l’avaria de la piscina olímpica, que no va es va poder utilitzar des de meitat del mes d’agost, s’haja reduït el cànon a l’empresa concessionària però no s’hagen rebaixat les tarifes o tornat la part proporcional dels abonaments o aplicat alguna altra mesura anàloga a les persones usuàries?

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