La Agencia Tributaria concederá aplazamientos de deudas tributarias desde el 13 de marzo hasta el 30 de mayo

Esta es una de tantas medidas fiscales y laborales que se tomarán durante la crisis del COVID-19

MEDIDAS FISCALES

En el BOE ya se han publicado unas medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 por las que además, se establecen facilidades de aplazamiento deudas tributarias en el ámbito de la Administración tributaria del Estado (En este enlace podrás seguir los pasos para ello ):

  • Se concederán aplazamientos de deudas tributarias que se centren en período voluntario de pago desde el 13 de marzo hasta el 30 de mayo.
  • El aplazamiento es previa solicitud, sin necesidad de aportar garantías y hasta un máximo de 30.000.-€
  • Se permite también – hasta ahora se inadmitía- el aplazamiento de retenciones, ingresos a cuenta, pagos fraccionados e IVA.
  • Esto afecta solo a pymes (volumen de operaciones de 2019 que no supere 6.3010.312,04.-€)
  • Plazo de 6 meses sin devengo de intereses de demora en los 3 primeros.

Por lo tanto, esta medida afectará, por ejemplo, al IVA mensual de febrero, marzo y abril para pymes que optaran por el SII, y a los pagos correspondientes al primer trimestre (como Retenciones, IVA y pagos fraccionados de empresarios y de Sociedades) cuyo plazo de presentación termina el 20 de abril.

Ampliación de plazos

Paralelamente, en la web de la Agencia Tributaria se ha comunicado que “los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo. Su cita la podemos aplazar, le llamaremos para comunicarle la nueva fecha”.

Cierre de Oficinas para atención presencial

Las oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado mediante  RD 463/2020, cuya Disposición Adicional Tercera establece la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINSTRATIVOS.

Si tiene cita pendiente, podrá obtener más adelante una nueva cita. Para cualquier información adicional puede acceder a: www.agenciatributaria.es También puede llamar a los teléfonos: 901 33 55 33 y 91 554 87 70

MEDIDAS LABORALES

Teniendo en cuenta la situación de excepcionalidad que estamos viviendo a raíz de la pandemia por el COVID-19 y el Estado de Alarma declarado, le queremos informar de lo siguiente:

a)            El Gobierno aún no ha desarrollado las medidas laborales que se aplicarán en la actual situación. Está previsto que en el Consejo de Ministros del martes 17 de marzo se implementen dichas medidas que, si no surge ningún imprevisto, deberían ser publicadas en el BOE del 18 de marzo.

b)           Esta ausencia de desarrollo normativo implica que las empresas no tengan instrumentos eficaces a día de hoy para poder hacer frente a la grave situación creada.

c)            Mientras es dictada la norma referida, cada empresa, en atención a su actividad y su especial situación, debe actuar de forma prudente, atendiendo a los siguientes criterios:

  • Aquellas empresas cuyas actividades hayan cesado como consecuencia del estado de alarma declarado (bares, restaurantes, determinados comercios, etc.) no podrán permitir la prestación de servicios de sus trabajadores. En estos casos, se prevé la articulación de un ERTE de fuerza mayor con efectos retroactivos desde la imposibilidad de la prestación por imposición legal. Se debe esperar a la norma que se dictará para tramitar estos ERTE.
    • Aquellas empresas cuyas actividades no hayan cesado como consecuencia del Estado de Alarma, deben permitir a sus trabajadores teletrabajar, siempre que resulte posible. Si no lo fuera, los trabajadores deberán acudir a su puesto de trabajo y desarrollar sus actividades, respetando las normas generales impuestas por sanidad. En el caso de que la prestación de servicios no resulte posible por pérdida de clientes, falta de suministros o cualquier otra razón, y hasta que se promulgué la norma prevista para este miércoles 18 de marzo, las empresas pueden pactar con los trabajadores periodos de vacaciones, bolsas de horas o licencias retribuidas; todas estas medidas siempre con carácter transitorio y condicionadas a la publicación de la norma que indicará cómo actuar. A la vista de lo que indique el Decreto, previsto para el próximo martes, le asesoraremos en lo que mas pueda convenir a su empresa.
    • Extensión de la bonificación a los contratos fijos discontinuos a los meses de febrero a junio de las empresas privadas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores  del turismo, así como los del comercio y hostelería.
    • Se da una línea de financiación específica a través del ICO por importe de 400 millones de euros para atender las necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico, así como de las actividades relacionadas que se estén viendo afectadas por la actual situación.
    • Es necesario que se efectúe revisión de protocolos de prevención de riesgos laborales, reforzado las medidas de higiene. Es necesario contactar con el servicio de prevención y las mutuas para adoptar las medidas higiénicas necesarias, especialmente los puestos de trabajo en contacto con público, transportes, almacén y similares.

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