Sanidad autoriza este fin de semana las celebraciones previamente contratadas

Se han modificado cuatro puntos de la resolución de 6 de noviembre sobre medidas adicionales para el control de la pandemia.

La Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública ha modificado la resolución publicada este viernes con medidas adicionales extraordinarias en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

De esta manera, se permitirán durante este fin de semana las celebraciones en las que se pueda acreditar tener previamente concertados los servicios de hostelería y restauración. La medida que limita estas celebraciones, por tanto, entrará en vigor a las 00.00 h. del día 9 de noviembre de 2020.

Por otro lado, en las medidas relativas a eventos y actividades multitudinarias se ha introducido la definición de “eventos multitudinarios”, que especifica cuáles no tendrán esta consideración y, por tanto, quedarán fuera de la norma. Se trata de “actos culturales incluidos en la programación ordinaria, habitual de los locales y establecimientos culturales y artísticos como teatros, cines, auditorios de música, centros culturales, salas de conciertos, salas de exposiciones, salas de conferencias y otros espacios de naturaleza análoga cuya actividad ordinaria sea cultural y que cuenten con protocolos suficientes para el desarrollo de su actividad.

En relación a los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, el aforo será del 50%. Y las medidas relativas a la actividad física o deporte no profesional, ni federado, no afectarán a los Juegos Deportivos de la Comunidad Valenciana y al Campeonato Autonómico de Deportes Universitario.  

Publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana: http://www.dogv.gva.es/datos/2020/11/06/pdf/2020_9426.pdf

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